FUNCIONARIOS. BENEFICIO DE ATENCION DIRECTA A PACIENTES




Promulgación: 01/06/2009
Publicación: 08/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1344

Artículo 4

 Las partidas correspondientes al objeto del gasto 042086 (Compensación
por Reforma del Estado) que dejen de percibir los funcionarios
comprendidos en el artículo primero serán destinadas a financiar el
beneficio que se reglamenta.
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