PRORROGA PARA LA PROHIBICION DE IMPORTACION DE CHASIS Y CARROCERIAS PARA VEHICULOS




Promulgación: 17/05/1991
Publicación: 11/06/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 476
   Visto: la prohibición de determinadas importaciones de chasis y
carrocerías para vehículos automotores establecida por el decreto 494/990
de 29 de octubre de 1990.

   Considerando: que a la fecha no se ha resuelto totalmente la situación
que motivara el dictado de la norma referida.

   Atento: a lo dispuesto por el litoral c) del inciso 2º del artículo 2º
de la ley 12.670 de 17 de diciembre de 1959,

                       El Presidente de la República

                                    DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase por ciento ochenta días a contar desde el 1 de mayo de 1991,
la prohibición de importación de bienes a que refiere el artículo 1 del
decreto 494/990 de 29 de octubre de 1990, con las mismas responsabilidades
y consecuencias establecidas por los artículos 2 y 3
del mismo decreto.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

AGUIRRE RAMIREZ - AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE BRAGA SILVA - GUILLERMO
GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI
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