APROBACION DEL REGLAMENTO DEL EXAMEN DE RECONOCIMIENTO MEDICO PARA
DETERMINAR LA APTITUD PARA INGRESO A LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERSONAL SUBALTERNO COMBATIENTE Y DE LOS SERVICIOS GENERALES
VISTO: las actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de Sanidad de
las Fuerzas Armadas solicita se sustituya el "Reglamento para Ingreso a
las Fuerzas Armadas del Personal Subalterno - Combatientes y de Servicios
Auxiliares" por el "Reglamento del Examen de Reconocimiento Médico para
determinar la Aptitud para Ingreso del Personal Subalterno Combatiente y
de los Servicios Generales".-
RESULTANDO: I) que por el artículo 1ro. del Decreto 16/977 de fecha 11 de
enero de 1977, se aprobó el Reglamento vigente.-
II) que por el artículo 1ro. del Decreto 651/990 de 18 de diciembre de
1990, se estableció en todo el territorio nacional el Carné de Salud
Básico, único y obligatorio, el que deberá ser aceptado como válido por
todas las instituciones públicas o privadas.-
CONSIDERANDO: I) la necesidad de adecuar los contralores previos al
ingreso del personal, a efectos de asegurar que los postulantes admitidos
reúnan las condiciones dispuestas para el desempeño específico de sus
funciones.-
II) que el Reglamento a aprobar satisface los requerimientos exigidos por
el Carné Básico de Salud mencionado, motivo por el cual éste último será
un requisito de ingreso y se lo otorgará conjuntamente con el Certificado
de Aptitud, lográndose un mejor aprovechamiento de medios.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado
por el Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de la Fuerzas Armadas) de fecha 21 de
febrero de 1974.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el "Reglamento del Examen de Reconocimiento Médico para
determinar la Aptitud para Ingreso a las Fuerzas Armadas del Personal
Subalterno Combatiente y de los Servicios Generales" que se transcribe a
continuación: (*)