SOLICITUD DE AUTORIZACION RELATIVA A LA PUBLICIDAD QUE REALIZAN LOS PROFESIONALES Y ENTIDADES QUE PRESTAN SERVICIOS DE SALUD, CONFORME AL ART. 20 DE LA LEY 18.211




Promulgación: 17/09/2019
Publicación: 24/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.211 de 05/12/2007 artículo 20.

Artículo 3

   El Ministerio de Salud Pública, al amparo de lo establecido en la Ley N° 9.202 de 12 de enero de 1934, contará con todas las atribuciones para efectuar las comprobaciones que sean necesarias para confirmar que el origen de los fondos destinados a la publicidad proyectada, así como a la contratación de personas físicas o jurídicas con destino a la promoción o captación de usuarios, cumple con las especificaciones enunciadas en el artículo precedente.
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