Las resoluciones que adopten los Consejos Consultivos y Asesores, tendrán
el carácter de recomendaciones sin efectos vinculantes para el prestador.
Cuando dichas recomendaciones no sean atendidas por el prestador, este
deberá brindar respuesta motivada de su rechazo o modificación. En caso de
que no la brinde, el Consejo Consultivo y Asesor elevará sus
recomendaciones a la Junta Nacional de Salud para conocimiento.