VISTO: lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley No. 17.930 en la redacción
dada por el artículo 7 de la Ley No. 18.719 de 27 de diciembre de 2010.-
RESULTANDO: I) que la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo a
aprobar las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo, previo
dictamen favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Contaduría General de la
Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias.-
II) que el Decreto 94/013 de 18 de marzo de 2013 estableció los principios
rectores y las directrices técnicas para la reformulación de las
estructuras organizativas y de puestos de trabajos de los incisos.-
III) que el Ministerio de Desarrollo Social presenta la nueva estructura
organizativa y de los nuevos puestos de trabajo.-
CONSIDERANDO: I) que la estructura organizativa que se presenta se ajusta
a los principios rectores y las directrices técnicas mencionadas
previamente.-
II) que los nuevos puestos de trabajo propuestos se ajustan a los
requerimientos de la nueva estructura organizativa.-
III) que para la citada reestructura, es imprescindible complementar los
créditos del Inciso con los asignados por el artículo 231 de la Ley No.
18.834 de 04 de noviembre de 2011 y el artículo 240 de la Ley No. 18.996
de 07 de noviembre de 2012.-
IV) que se cuenta con el dictamen previo y favorable de la Oficina
Nacional del Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas
competencias.-
V) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en la Ley No. 18.508 de 26 junio
de 2009.-
ATENTO: a lo dispuesto anteriormente y al artículo 6 de la Ley No. 17.930
de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 7 de la
Ley No. 18.719, de 27 de diciembre de 2010, al artículo 56 de la Ley No.
18.719, y a los artículos 7 y 9 de la Ley No. 18.834, de 4 de noviembre de
2011 y al artículo 5 de la Ley No. 18.996, de 7 de noviembre de 2012.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébese el proyecto de reformulación de la estructura organizativa y
los nuevos puestos de trabajo del Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo
Social", que se incluye en los Anexos I, II y III, los que se consideran parte integrante de este decreto.-
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 273/013 de
02/09/2013.
En esta estructura se prevén vacantes de ingreso con la finalidad de -
con su asignación presupuestal -, financiar los contratos previstos en el
Art. 50 de la Ley No. 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y modificativos,
que serán provistos haciendo uso de la facultad conferida por el Artículo
5° de la Ley No. 18.996, de 7 de noviembre de 2012.-
Se dispone de hasta 180 días después de cumplido el plazo establecido en
el artículo 6° de la Ley No. 17.930 de 19 de diciembre de 2005, en la
redacción dada por el artículo 7° de la Ley No. 18.719 de 27 de diciembre
de 2010, para el análisis de funcionamiento de la nueva organización e
instrumentación de los ajustes que requiera.-