El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO III - DE LA PLANILLA DE TRABAJO UNIFICADA
Artículo 12
A partir de la vigencia del presente, todas las referencias y/o remisiones que realice la normativa vigente a la Planilla de Control de Trabajo, se entenderán por realizadas a la Planilla de Trabajo Unificada.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:27, 33 y 36 (vigencia).