REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 48 Y 51 DE LA LEY 16.736, (PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 - 1999), RELATIVOS A LA ORGANIZACION, INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES DE AUDITORIA INTERNA DE LOS ORGANISMOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL Y DE LAS PERSONAS DE DERECHO PUBLICO NO ESTATAL




Promulgación: 30/08/2022
Publicación: 06/09/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículos 48 y 51.

CAPÍTULO I - ORGANIZACIÓN

Artículo 5

   Atributos y aptitudes.- Todas las personas que se desempeñen dentro de las UAI y ejerzan la función de auditoría interna, deberán contar con atributos y capacidades que aseguren objetividad, independencia, integridad y confidencialidad en el ejercicio de la misma. El Responsable deberá contar con formación técnico-profesional y experiencia suficiente y probada en el ejercicio de la función de auditoría interna y adecuarse al perfil que defina la A.I.N., en sus normas técnicas. El Responsable deberá promover y velar por que la UAI cuente con personal con:

   1. formación técnico-profesional en el ejercicio de la función de auditoría interna;

   2. experiencia y/o capacitación en auditoría interna y en la materia objeto de los cometidos de la organización.
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