DETERMINACION DEL REGIMEN ESPECIAL PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE REALICEN SU ACTIVIDAD EXCLUSIVAMENTE EN FERIAS EN LA VIA PUBLICA




Promulgación: 10/09/2018
Publicación: 18/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Los contribuyentes que se encontraran tributando en el régimen general no podrán ejercer la opción a que refiere el presente Decreto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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