INCREMENTO DE CREDITO EN EL PLANILLADO ANEXO A LA LEY DE PRESUPUESTO Nº 17.296. CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL




Promulgación: 25/07/2001
Publicación: 31/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 212
VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Turismo, solicitando 
efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron 
en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

RESULTANDO: que se constató que en oportunidad de la aprobación de la 
distribución de economías del Inciso 09 "Ministerio de Turismo", 
generadas en la reestructura realizada en el marco de la Reforma del 
Estado, se habilitó en el crédito permanente del Grupo 0, los Objetos 
042.062 "Premios por Desempeño", 042.090 "Compensación por Mayor 
Responsabilidad" y 047.002 "Equiparación Salarial", que se dieron de baja 
por error en la instancia presupuestal.-

CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos 
errores y omisiones, a fin de cumplir con el objetivo de la reforma.-

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la 
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la 
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296, 
de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para los años 2001 a 2004 
en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo", Programa 001 "Administración 
Superior", en los siguientes Objetos y por los importes que se indican:

OBJETO                                                     IMPORTE EN $
042.062                                                      377.325,oo
042.090                                                       65.083,oo
047.002                                                       97.623,oo

BATLLE - ALBERTO BENSION - JUAN BORDABERRY


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