OTORGAMIENTO DE CREDITO FISCAL AL SERVICIO OFICIAL DE DIFUSION, RADIOTELEVISON Y ESPECTACULOS




Promulgación: 27/01/1999
Publicación: 03/02/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 189
VISTO: el Contrato de Préstamo Nº 1094/OC-UR, suscrito entre el Banco
Interamericano de Desarrollo y el Banco Hipotecario del Uruguay, con
fecha 14 de marzo de 1998, por el cual, entre otros componentes, se
otorga al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos
(SODRE), financiamiento para el proyecto relativo a su nuevo complejo
cultural.-

RESULTANDO: que en el citado convenio se verifican las hipótesis
previstas en el artículo 70º del Título 10 del Texto Ordenado 1996, en
relación al origen del financiamiento y a la condición de no
contribuyente del Impuesto al Valor Agregado del organismo ejecutor de la
obra.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Dirección General
Impositiva.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

Acuérdase al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos (SODRE), un crédito por el Impuesto al Valor Agregado
incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a la
ejecución del proyecto relativo a su nuevo complejo cultural por la parte
financiada por el Banco Interamericano de Desarrollo.-
Los citados créditos serán materializados mediante la entrega de
certificados de crédito nominativos, en la forma que establezca la
Dirección General Impositiva.-

Artículo 2

Comuníquese, etc.-

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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