REGLAMENTACION DEL ART. 26 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION DE PLANIFICACION Y ESTRATEGIA POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 26.

CAPÍTULO I
GENERALIDADES

Artículo 3

   Serán cometidos de esta Dirección:

   a) Planificar y coordinar con las distintas Unidades cuando la importancia o especialidad del tema profesional sometido a estudio así lo determine. En tales caso se integrará, además, con personal especializado en el tema de que se trate, pudiendo requerir los asesoramientos que se estimen necesarios de las reparticiones respectivas del Ministerio del Interior o de otras oficinas públicas o privadas.

   b) Centralizar todos los informes concernientes a la temática y política de alto nivel de la Policía Nacional; y completar el proceso de los mismos. Asimismo, plantear continuamente soluciones a los problemas policiales trascendentes que surgieren, mediante los estudios de la Planificación y Estrategias, actuando de oficio en las cuestiones rutinarias o de interés por parte del mando Ministerial.

   c) Gestionar la implementación y seguimiento de las políticas diseñadas por el Director de la Policía Nacional, tales como policía comunitaria, gestión de calidad, violencia doméstica y seguridad rural.

   d) Elaborar los Planes Permanentes de Operaciones para la Policía Nacional.

   e) Efectuar apreciaciones de situación referente a los recursos materiales, empleados por la Policía Nacional en el ejercicio de sus cometidos, estableciendo la necesidad de su empleo, adecuación, sustitución o supresión, conforme al avance de la tecnología y al tratamiento eficaz de las diferentes conductas delictivas.

   f) Realizar estudios y planes tendientes a reforzar y actualizar los principios de la Policía para mantener un criterio único, homogéneo, común y que abarque toda la normativa que regula al Instituto Policial.

   g) Recepcionar y gestionar los expedientes de ofrecimientos para usufructo de becas y cursos en el exterior otorgados para Ministerio del Interior.

   h) Coordinar y controlar las pruebas requeridas por Naciones Unidas para los aspirantes que concursan para la designación de Misiones de Paz.

   i) Establecer relaciones con las Unidades de Cooperación Internacionales similares, con la finalidad de fortalecer fundamentalmente el tratamiento de normativas nacionales e internacionales, como así todos los instrumentos que contengan normas en materia de cooperación judicial, penal, administrativa y policial.

   j) Recepcionar, confeccionar y difundir las novedades de importancia. Será responsable de transmitir dichas novedades en tiempo y forma al comando de la Dirección de la Policía Nacional.
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