VISTO: el decreto del Poder Ejecutivo Nº 24/998, de 28 de enero de 1998
que prueba el proyecto de reformulación de la estructura organizativa del
Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca" y su modificativo
decreto Nº 118/999, de 21 de abril de 1999;
RESULTANDO: I) la reestructura originalmente aprobada contiene errores que
es menester sean subsanados mediante el dictado de un acto modificativo;
II) dichos errores refieren solamente a las series asignadas a tres cargos
que no se corresponden con la profesión de su titular, lo que además
apareja la imposibilidad de los funcionarios de hacer efectivo su derecho
al ascenso;
CONSIDERANDO: necesario y conveniente superar los errores involuntarios
padecidos en la estructura organizativa aprobada;
ATENTO: a lo expuesto e informado por la Oficina Nacional del Servicio
Civil y Contaduría General de la Nación en situaciones semejantes;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícanse los planillados que integran el decreto Nº 24/998, de 28 de
enero de 1998 en la redacción dada por el decreto Nº 118/999, de 21 de
abril de 1999, en el siguiente sentido: (*)