Incorpórase a los Programas Integrales de Salud y al Catálogo de
Prestaciones de Salud, como prestación obligatoria, la colocación de
Dispositivo Intrauterino (DIU). Dicha prestación no dará derecho al cobro
de tasa moderadora, sin perjuicio de la correspondiente a la consulta
ginecológica.-
En los casos en que el dispositivo sea el suministrado a las Instituciones
por el Ministerio de Salud Pública, no dará a lugar a ningún pago por este
concepto por parte de la usuaria.-