REGLAMENTACION DEL ART. 33 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION DE EMPRESAS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 33.
Referencias a toda la norma

TITULO II
                        ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL.

Artículo 14

   La Oficina de Gestión y Desarrollo Humano y de Control de Calidad, dependerá directamente del Sub Director y sus cometidos serán:
   a) Proceder a la documentación, registro, control y comunicaciones de todo lo atinente a la información que deba constar en las historias laborales de los funcionarios que presten servicio en la Dirección.
   b) Registrar todas las altas y bajas de personal de la Dirección
   c) Será el responsable de fiscalizar que todos los efectivos tenga acceso al Sistema de Gestión Humana (SGH 2.0) y la realización de la autogestión en el mismo.
   d) Será el enlace con el Área de Gestión y Desarrollo Humano del Ministerio, aportando a dicha área toda la documentación correspondiente al personal de esta unidad que le sea exigida.
   e) Promover las acciones destinadas a lograr la calidad de la gestión en el ámbito de la Dirección.
   f) Realizar las evaluaciones pertinentes con el fin de introducir los mecanismos necesarios para las mejoras que sean oportunas.
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