REGLAMENTACION DEL ART. 33 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION DE EMPRESAS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 33.
Referencias a toda la norma

TITULO II
                        ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL.

CAPITULO IV DE LOS ENLACES DEPARTAMENTALES

Artículo 19

   (De las actividades de los Enlaces Departamentales) Los enlaces Departamentales tendrán las siguientes tareas:
   a) Coordinar las estrategias y lineamientos generales que defina la Dirección General de Fiscalización de Empresas
   b) La asistencia a las reuniones de coordinadores con la Dirección General.
   c) Asesorar sobre la materia que soliciten las empresas y personas, dentro del ámbito departamental.
   d) Inspeccionar locales, empresas, personal de seguridad privada, etc las que realizará a iniciativa propia o a solicitud de esta Dirección General.
   e) Representar con la anuencia respectiva, a esta Dirección en los eventos en que fuera invitado, relacionados a la seguridad privada.
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