El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 12, 22, 23 y 24.
CAPITULO V
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 17
Todos los policías que cumplan servicios en la Dirección, Sub Dirección de la Policía Nacional y Dirección de Planificación y Estrategia Policial deberán mantener la máxima reserva respecto de la información que manejen, de la que tuvieren conocimiento en razón de su destino o de las comisiones que realicen por orden superior.