REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 12, 22, 23 Y 24 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION DE LA POLICIA NACIONAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 12, 22, 23 y 24.

CAPÍTULO III
               UNIDADES DEPENDIENTES DE LA DIRECCION DE LA
                             POLICIA NACIONAL

Artículo 7

   De la Dirección de la Policía Nacional dependerán las siguientes unidades policiales:
   a) Jefaturas de Policía Departamentales.
   b) Dirección de Planificación y Estrategia Policial.
   c) Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e INTERPOL.
   d) Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas.
   e) Dirección Nacional de Policía Científica.
   f) Dirección Nacional de Policía de Tránsito.
   g) Dirección Nacional de identificación Civil.
   h) Dirección Nacional de Migración.
   i) Dirección General de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada.
   j) Departamento de Armamento, Balística y Equipamientos Policiales.
   k) Unidad Nacional de Aeronaves No Tripuladas. 
   l) Unidad de Apoyo Tecnológico.
   m) Oficina Nacional de Violencia Doméstica y de Género.
   n) Oficina Nacional de Policía Comunitaria. 
   ñ) Oficina Técnica de Gestión de Calidad. 
   o) Equipo Nacional de Negociadores Policiales.
   p) Junta de Asesora de Servicios Policiales.
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