Prorrógase por el período comprendido entre el 1° octubre de 2010 y el 31
de marzo de 2011, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
enajenaciones de carne ovina establecida en el artículo 1° del Decreto N°
118/010 de 12 de abril de 2010.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 128/011 de 04/04/2011 artículo 3.