REGLAMENTACION DEL ART. 15 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA GUARDIA REPUBLICANA




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 15.

CAPÍTULO II
                               ORGANIZACION
SECCIÓN PRIMERA De la Dirección Nacional

Artículo 6

   Del Director Nacional dependerán directamente:
   a.- Estado Mayor General: Estará dirigido por un Jefe con la Jerarquía de Oficial Jefe del subescalafón ejecutivo y su cometido es asesorar al Director Nacional respecto a los asuntos que integran sus Secciones.
   Estará integrado por las siguientes Secciones:
   Personal
   Operaciones
   Logística
   Información
   Asuntos Civiles
   b.- Secretaría General: La Jefatura de la Secretaría General será ejercida por un Oficial con acreditada experiencia en coordinación y gestión administrativa.
   Sus cometidos serán recibir, tramitar, sustanciar, evacuar, generar, enviar y registrar todos los expedientes que por su actividad deba gestionar, sometiéndolos a consideración y resolución del Director Nacional. La correspondencia de carácter reservado, confidencial o secreta, se tramitará en forma directa al destinatario.
   Cumplirá asimismo, toda función que la Dirección le asigne, dentro de las reglamentaciones y disposiciones legales vigentes.
   En su órbita funcionará la Oficina de Prensa y Relaciones Públicas que actuará en coordinación con la Unidad de Comunicaciones del Ministerio (UNICOM), la que tendrá como objetivo realizar acciones tendientes a las relaciones públicas y difusión periodística para la construcción de la imagen de la Dirección Nacional y su posicionamiento institucional, con la presencia de un vocero de la Dirección para informar a la prensa cuando sea oportuno.
   c.- Junta Calificadora de los oficiales subalternos
   d.- Oficina de Sumarios: Esta Oficina realizará el procedimiento administrativo tendiente a determinar o comprobar la responsabilidad de los funcionarios imputados de la comisión de falta administrativa y a su esclarecimiento según resolución del Director Nacional.
   e.- Departamento Jurídico: Estará a cargo de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales o Abogado, su objetivo es proveer asesoría legal, teniendo los siguientes cometidos:
   - Desarrollar y ejecutar funciones con el objeto de brindar asesoría jurídica respecto a recursos humanos, procedimientos disciplinarios, recursos administrativos y todos aquellos que le sean solicitados.
   - Analizar los expedientes encomendados, elaborando dictámenes o emitiendo su opinión legal sobre los aspectos que sean requeridos.
   - Conocer el marco jurídico que regula y ampara los asuntos respecto a los cuales se le solicita asesoramiento, por ello es menester que se mantenga informado de las actualizaciones normativas, debiendo informar al Director Nacional de las mismas y los cambios que producen en el desarrollo de las actividades y procedimientos competentes.
   - Representar y patrocinar a la Dirección en todo proceso jurisdiccional en que esta sea parte.
   f.- Dirección I "Zona Metropolitana": estará dirigida por un Oficial Jefe del Subescalafón ejecutivo e integrada por:
   -Sub Unidad de Caballería Republicana N° 1
   -Sub Unidad de Infantería Republicana N° 1.
   g.- Dirección II "Unidades Especiales": estará dirigida por un Oficial Jefe del Subescalafón ejecutivo e integrada por:
   - Agrupamiento G.E.O.
   - Agrupamiento K-9
   - Agrupamiento Puma
   h.- Dirección III "Zona Interior": estará Dirigida por un Oficial Jefe del sub escalafón ejecutivo e integrada por:
   - Destacamento de Artigas
   - Destacamento de Aguas Dulces
   - Destacamento de Solís 
   - Destacamento de Florida
   - Destacamento de San José
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