REGLAMENTACION DEL ART. 32 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION
Capítulo III Organización Estructural

Artículo 32

   Serán funciones del Departamento de Recursos Humanos, las que se detallan a continuación:
   1) Confeccionar los legajos personales que contendrán, partes médicos, cambios de horarios, licencia, cursos, diplomas de especialidad y demás documentación relacionada a la historia funcional de los policías, los que se mantendrán actualizados y ordenados.
   2) Llevar un registro de asistencia del personal de todas las dependencias de la Dirección Nacional, informando al Comando y al Ministerio del Interior, cuando así correspondiere.
   3) Confeccionar el Carné Policial Migratorio.
   4) Efectuar las notificaciones del Personal cuando así corresponda, por cursos o concursos en los diferentes centros educativos de la Policía Nacional y todo asunto en el que se requiera que así se haga.
   5) Dar difusión a Órdenes de Servicio, Instructivos de Servicio, Circulares y toda otra comunicación dispuesta por el Comando que así lo ordenara.
   6) Administrar toda solicitud de trámite de los policías ante Tutela Policial, como así también otros beneficios que surgieran con instituciones públicas y privadas, para el personal o sus familias.
   7) Gestionar los trámites ante la Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado, en lo relacionado a la Declaración Jurada de Bienes de los Jerarcas de la Unidad.
   8) Confeccionar informes referentes a las variaciones en las calificaciones del personal, elevándolos a las diferentes Juntas Calificadoras de la Dirección, como a las de otras dependencias. 
   9) Mantener de forma actualizada, el listado de la fuerza efectiva de la Dirección Nacional y los policías pertenecientes a ésta que se encuentren prestando servicio en otras dependencias, con toda la información que de los mismos se debe tener, realizando los informes correspondientes para el llamado de aspirantes a cubrir vacantes en esta Unidad Ejecutora y los que se les requiera.
   10) Confeccionar informes y formularios de faltas al servicio, omisión de registro de entrada o salida, solicitud de licencia y cualquier otro que pueda facilitar el control sobre movimientos administrativos en el área de recursos humanos, proponiéndolos para su aprobación, al Comando de la Dirección Nacional a través de la División de Coordinación Administrativa.
   11) Mantener al día el Sistema de Gestión Humana (SGH), realizando las variaciones de información que para ello se requieran, manteniendo un contacto directo con la Gerencia del Área de Gestión y Desarrollo Humano del Ministerio del Interior.
   12) Administrar con responsabilidad, eficiencia, economía y racionalidad, los recursos humanos y medios logísticos asignados.
   13) Cualquier otra dispuesta por el Comando de la Dirección Nacional.
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