El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 3
(Condiciones).- Para quedar comprendidas en la presente declaratoria, las entidades que realizan la actividad promovida deberán cumplir simultáneamente las siguientes condiciones:
1) encontrarse debidamente registradas en la Dirección del Cine y
Audiovisual Nacional (ICAU) dependiente del Ministerio de
Educación y Cultura;
2) acreditar ante dicho organismo que para la producción de los
contenidos a que refiere el inciso precedente se encuentran al
día con los compromisos contractuales laborales;
3) que el destino de los citados contenidos sea la exhibición al
público general. En ningún caso quedarán comprendidos en la
presente los contenidos publicitarios.
La Dirección del Cine y Audiovisual Nacional (ICAU) emitirá una constancia acreditando que la entidad verifica las antedichas condiciones.