FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. JULIO 2009




Promulgación: 22/06/2009
Publicación: 02/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1545
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 El valor de la cuota salud del Fondo Nacional de Salud, Artículo 55º de
la Ley Nº 18.211, así como el valor de la cuota salud para los hijos de
los asegurados entre 18 a 21 años a que se refiere el Artículo 64º de la
Ley Nº 18.211 de 5 de diciembre de 2007, se incrementarán a partir del 1º
de julio de 2009 de acuerdo al siguiente detalle:
a) valor de cápita base, un 2,00% (dos por ciento);
b) componente metas, un 2,61% (dos con sesenta y uno por ciento).
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