El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 41,
Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 221 y 226,
Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 artículo 49.
VISTO: lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986, en los artículos 221 y 226 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y 41 de la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016.
RESULTANDO: I) Que por la citada disposición de 1986 se estableció el Escalafón Penitenciario "S" previendo allí su denominación.
II) Que la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 creó en el Ministerio del Interior el Instituto Nacional de Rehabilitación y los cargos que compondrán el referido Escalafón Penitenciario "S".
III) Que el Artículo 41 de la Ley N° 19.438 exceptuó al escalafón S "Penitenciario", de la aplicación de los artículos 53 a 55 y 89 a 100 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, y del artículo 49 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.
CONSIDERANDO: que el Escalafón "S", se ha instituido con naturaleza civil, no policial y corresponde en consecuencia, establecer su régimen de ascensos.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley N° 19.438 y el numeral 4 del artículo 168 de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
TITULO I CAPÍTULO I - AMBITO DE APLICACION
Artículo 1
Ámbito de aplicación. El presente Decreto se aplicará para los ascensos de todo el Escalafón S "Penitenciario".