FIJACION DE PRECIOS DE ALCOHOLES Y BEBIDAS. JULIO 1990




Promulgación: 04/07/1990
Publicación: 20/07/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: que la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland  
por Oficio de fecha 22 de mayo de 1990, solicita la aprobación de nuevos precios de venta para los alcoholes y bebidas que se mencionan.

 Considerando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente a fijar los nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado Oficio.

 Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y lo dispuesto por el inciso f) del artículo 3° de la ley 8.764 del 15 de octubre de 1931, modificado por la ley 15.312 del 20 de agosto de 1982.

 El Presidente de la República,

                              DECRETA:

Artículo 1

  Se aprueban los siguientes precios de venta a partir de la hora cero del día 5 de julio de 1990 para los alcoholes y bebidas que elabora la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, que se detallan a continuación: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese y vuelva a sus efectos al organismo de procedencia.

LACALLE HERRERA - AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE BRAGA SILVA
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