REGLAMENTACION DE LA LEY 19.973, RELATIVA AL DESARROLLO DE POLITICAS ACTIVAS DE EMPLEO




Promulgación: 10/09/2021
Publicación: 22/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.973 de 13/08/2021.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III - MODALIDADES DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA LOS JÓVENES EN EL SECTOR PRIVADO
Sección tercera - Contratos de Primera Experiencia Laboral

Artículo 24

   (Definición) Se entiende por contrato de primera experiencia laboral el que comprenda a los jóvenes que no hayan tenido experiencia formal de trabajo previa, por un plazo mayor a los noventa días.
   El plazo de noventa días deberá ser continuo o, en caso de ser discontinuo, no podrá ser mayor a 90 días en un período de dos años. A efectos de dicho cómputo, no se tomarán en cuenta los aportes realizados en el marco de la participación en programas de trabajo protegido establecidos en la Ley N° 18.240, de 27 de diciembre de 2007, ni del Programa de Oportunidad Laboral creado por Ley N° 19.952, de 20 de mayo de 2021.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 51.
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