REGLAMENTACION DEL ART. 149 DE LA LEY 20.075, RELATIVO A LOS COMPROBANTES FISCALES ELECTRONICOS (CFES) Y RESGUARDOS, OPERADOS EN EL SISTEMA INFORMATICO DE RECEPCION DE FACTURA ELECTRONICA (SIRFE)




Promulgación: 30/01/2023
Publicación: 08/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 149.

Artículo 3

   Son objetivos del SIRFE:
      -  Contribuir a la transformación digital de los procesos del 
         Estado, asociados con el intercambio de información fiscal de los 
         organismos involucrados, a través de la eficiencia y 
         transparencia.
      -  Optimizar los recursos tecnológicos por intermedio de la
         centralización de las operaciones en un único sistema gestionado 
         y alineado con las mejores prácticas y requisitos de seguridad
         dispuestos por la normativa vigente. 
      -  Interoperar con otros Sistemas transversales del Estado.
      -  Automatizar y simplificar procesos, trazabilidad y mayor control 
         de las operaciones.
      -  Optimizar la toma de decisiones.
      -  Cuidar el medio ambiente.
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