REGLAMENTACION DE LA LEY 20.383, RELATIVA A LA REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS SERVICIOS DE DIFUSION DE CONTENIDO AUDIOVISUAL POR RADIOFUSION O SUSCRIPCION




Promulgación: 13/02/2025
Publicación: 25/02/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia: Decreto Nº 88/025 de 01/04/2025 artículo 1.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.383 de 16/10/2024.
Referencias a toda la norma

V - TRANSFERENCIA DE LAS LICENCIAS

Artículo 17

   Condición suspensiva. En el caso de negocios jurídicos de transferencia que se encuentren sometidos a la condición suspensiva de autorización por parte del Poder Ejecutivo, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso 7 del artículo 21 de la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024, los mismos deberán ser presentados ante la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a fin de tramitar dicha autorización, dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos contado desde su celebración.
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