Reglamentario/a de: Ley Nº 18.256 de 06/03/2008 artículo 7.
La lista textual de cada producto de tabaco ocupará la mitad izquierda de la hoja y en la mitad derecha estará estampada la advertencia sanitaria que el Ministerio de Salud Pública disponga, con leyendas e imágenes en colores.