POLITICA DE EMPLEO. EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 04/11/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1042
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.873 Derogada/o de 03/10/1997.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - CONTRATO DE BECAS DE TRABAJO

Artículo 17

Para implementar las Becas de Trabajo se considerará una adecuada
primera experiencia laboral aquella que posibilite al joven la adquisición
o el desarrollo de actitudes y hábitos de trabajo que le permitan mejorar
sus posibilidades de empleabilidad futura.
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