POLITICA DE EMPLEO. EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 04/11/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1042
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.873 Derogada/o de 03/10/1997.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 40

Sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 30 de la Ley que se reglamenta
el empleador deberá abonar los rubros salariales pendientes generados
durante la relación laboral.
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