REGLAMENTACION DEL ART. 153 DE LA LEY 18.834, RELATIVO A LOS COMETIDOS Y ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE DEL MVOTMA




Promulgación: 23/01/2015
Publicación: 29/01/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 153.

Artículo 6

   (Acciones judiciales). Las tramitaciones ante el Poder Judicial iniciadas antes del 1° de enero de 2015, en las cuales el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, sea parte, actor, demandado o tercerista y estén comprendidas dentro de los cometidos y atribuciones transferidos a la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, continuarán bajo el patrocinio del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, hasta su conclusión definitiva, de la cual dará cuenta a la Dirección Nacional de Medio Ambiente.
Referencias al artículo
Ayuda