CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 30 INDUSTRIA DEL JUGUETE




Promulgación: 10/07/1985
Publicación: 26/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

  Durante el periódo comprendido desde la entrada en vigencia del presente
laudo y el 30 de setiembre de 1985, ningún aumento de salarios podrá ser
trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.
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