Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R) precedente
establecido y los correspondientes a l os dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A) del mes de
mayo de 1986 en N$ 749,93 (nuevos pesos setecientos cuarenta y nueve con
93/100).