FONDO DE SUBSIDIO Y CENSO. EMPRESAS DE OMNIBUS INTERDEPARTAMENTALES. REGLAMENTACION




Promulgación: 05/07/1966
Publicación: 23/08/1966

Resumen:

Reglaméntase el artículo 2° de la Ley N° 13.479, destinándose una suma del
Fondo de "Subsidio y Censo", para el pago de Subsidios a las Empresas de
ómnibus interdepartamentales, en determinadas condiciones que se
establecen.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.479 de 16/06/1966 artículo 2.


		
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