REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL DE TRABAJO Nº 184 SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN LA AGRICULTURA




Promulgación: 09/07/2009
Publicación: 21/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 87
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.828 de 15/09/2004.

CAPITULO IV - SALUD Y SEGURIDAD EN EL USO DE LA MAQUINARIA Y ERGONOMIA
Máquinas en general

Artículo 28

 Los medios de protección deberán ser sometidos a inspecciones de
mantenimiento preventivo con el objeto de asegurar que cualquier defecto
sea subsanado antes de que pueda generar riesgos.
Los operarios de las máquinas no podrán retirar o anular los dispositivos
de seguridad durante las operaciones normales del proceso y deberán dar
cuenta a su superior inmediato de falla de los mismos.
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