CAPITULO IV - SALUD Y SEGURIDAD EN EL USO DE LA MAQUINARIA Y ERGONOMIA Máquinas en general
Artículo 29
Las máquinas averiadas o cuyo funcionamiento entrañe un determinado
riesgo serán señalizadas con la prohibición de su manejo por trabajadores
no encargados de su reparación. Para evitar su puesta en marcha se
bloqueará su accionamiento, lo cual quedará bajo control del responsable
de la reparación que se estuviera efectuando.