Decreto N° 322/985
CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 14 INDUSTRIA MECANICA
Promulgación: 10/07/1985
Publicación: 24/07/1985
- Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Se establece un aumento mínimo del 25% para todo el personal obrero, tomando como base los jornales vigentes al 1ro. de marzo de 1985.
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