SEGUROS DE COBERTURA PARCIAL




Promulgación: 07/07/1993
Publicación: 21/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

      A partir del ejercicio que se inicia el 1º de octubre de 1993, los
Seguros de Cobertura Parcial presentarán sus estados contables y demás
información estadística de acuerdo a los datos requeridos por el Sistema
Nacional de Información (SINADI). 
Ayuda