Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículo 137.
Artículo 5
Los funcionarios comprendidos en este decreto a los efectos de la
liquidación del aguinaldo estarán comprendidos en lo dispuesto en el
artículo 88º de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973, con desgravación de
montepío.