PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1998




Promulgación: 30/10/1998
Publicación: 20/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 985

Artículo 13

Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el
artículo 13 del Decreto 284/98 de 14 de octubre de 1998, facultándose a la
Dirección General de Casinos a conceder una prima especial por el
desarrollo de funciones de alta complejidad y responsabilidad, a
funcionarios que por su capacitación y experiencia, se les asignen tareas
directamente vinculadas a la administración y gestión global del
Organismo.-
Para los funcionarios que ocupen los cargos de Gerentes de Area y
Sub-Gerentes de Area de los Escalafones A y C, grados 34, 32 y 30, dicha
prima será del 60% de la totalidad de sus retribuciones sujetas a
montepío.-
Asimismo, la Dirección General de Casinos podrá otorgar transitoriamente
la citada compensación, a otros funcionarios que cumplan los requisitos
previstos en el inciso primero del presente artículo. En este último caso,
la citada prima no podrá superar mensualmente, el 60% (sesenta por ciento)
de las retribuciones sujetas a montepío que perciban los mismos, no
pudiendo concederse simultáneamente, a más del 10% (diez por ciento) del
total de los funcionarios del Organismo.-
Referencias al artículo
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