Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en artículo
20º del Decreto 284/998 de 14 de octubre de 1998, autorizándose a la
Dirección General de Casinos a programar y realizar actividades de
implementación, regulación y capacitación de sus funcionarios y becarios,
con el objeto de aplicar nuevos sistemas de control en las salas de juego,
basados esencialmente, en herramientas tecnológicas.-
A tal efecto y con el fin de facilitar la participación de los
funcionarios y becarios en todas las etapas del plan, facúltase a la
Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios y becarios, una
partida mensual, de acuerdo a su nivel de responsabilidad, que resulta de
la siguiente escala y que se ajustará semestralmente, en función del
I.P.C. correspondiente al período inmediato anterior.-
ESCALAFONES GRADOS MONTO
BECARIOS --- 260
CC 12 260
CC 16 311
CC 20 440
CC 22 650
CC 24 1215
CC 28 1464
R 10 260
R 14 396
R 18 607
R 22 892
C 16 260
C 20 311
C 22 411
C 26 653
C 30 1299
C 34 1974
F 12 260
F 16 360
F 20 513
A 24 1064
A 26 1168
A 32 1518
A 34 1974
D 16 311
D 22 411
D 26 653
La escala precedente regirá a partir de la fecha de vigencia de lo
dispuesto en el artículo 27º del presente Decreto. Para el período
anterior, comprendido entre el 1 de enero de 1998 hasta la fecha antes
citada, regirá lo dispuesto en el artículo 20º del Decreto 284/998 de 14
de octubre de 1998.-