PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1998




Promulgación: 30/10/1998
Publicación: 20/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 985

Artículo 21

Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el
artículo 22º del Decreto 284/998 del 14 de octubre, respecto a la
autorización a la Dirección General de Casinos para la creación, a partir
de la apertura del Casino del Estado Victoria Plaza, de un Fondo Especial
que se integra con el 3% (tres por ciento) de la utilidad bruta resultante
de la explotación del citado establecimiento y que se destinará a:
 1. Incentivar a los funcionarios que fueren asignados al citado
establecimiento, al logro de niveles de eficiencia superiores a los
históricos de la organización.
 2. Compensar a los funcionarios de mayor experiencia y capacitación del
Organismo, por las tareas de organización y adiestramiento cumplida hasta
el presente y que deberán continuar, con el fin de preparar al personal
que no haya sido asignado al citado establecimiento, para que esté en
condiciones de ingresar al mismo, en cualquier momento que se le
requiriese y, además, para cumplir gradualmente, en cada uno de los demás
establecimientos del Organismo, un régimen de funcionamiento similar al
previsto para aquél.
 3. Compensar al personal del resto de los establecimientos, por la
pérdida de los funcionarios seleccionados para integrarse al Casino
Victoria Plaza.
 4. Incentivar a los funcionarios del resto de la organización, en la
labor de adaptar a cada uno de los establecimientos en que se encuentren
asignados, a funcionar con niveles de eficiencia similares a los previstos
para el Casino Victoria Plaza. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 22.
Referencias al artículo
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