Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el
artículo 24º del Decreto 284/998 del 14 de octubre de 1998, autorizándose
a la Dirección General de Casinos, a abonar a Becarios, una compensación
por el desarrollo de tareas especiales y de asistencia a la citada
Dirección.-
El monto de cada compensación, no podrá superar el 45% (cuarenta y cinco
por ciento) de la respectiva Beca.-