FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 05/07/1993
Publicación: 04/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 10
    Visto: el vencimiento de Precios Mínimos de Exportación que rigen para
determinados productos.

    Considerando: subsistentes las circunstancias que determinaron la
fijación de dichos precios.

    Atento: a lo expresado y a lo informado por la Comisión Arancelaria
Asesora creada por el artículo 17 del decreto 523/990 de 14 de noviembre
de 1990 y a lo dispuesto por el mencionado decreto y su modificativo de 30
de agosto de 1991,

    El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase por un período de 3 (tres) meses los Precios Mínimos de
Exportación definitivos fijados por el artículo 1 del  Decreto de 14 de
setiembre de 1992 para la importación de cubiertas y carcasas neumáticas
así como los prorrogados por el artículo 2 de dicho Decreto para la
importación de refrigeradores eléctricos de tipo doméstico.
Referencias al artículo

Artículo 2

 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de circulación nacional, etc.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - EDUARDO ACHE
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