VISTO: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado,
correspondiente al ejercicio 1999;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración de Ferrocarriles del Estado correspondientes al ejercicio
1999 de acuerdo con el siguiente detalle:
$ $
I.- RECURSOS 593:556.276
A.- INGRESOS CORRIENTES 366:026.409
1 Ing. venta de bienes y servicios 120:579.106
-Por servicios prestados típicos
de la rama de actividad 120:516.191
-Por servicios no típicos de la
rama de actividad 62.915
2 Transferencias del Gobierno Central 185:283.615
-Por operaciones corrientes 162:927.459
-Por servicio de deuda 22:356.156
3 Rentas de la Propiedad 5:717.788
-Intereses 1:476.000
-Alquiler de Equipos y Edificios 4:241.788
4 Otros ingresos corrientes 17:638.610
5 Transferencia RRGG I.V.A P. Forestal 33:277.940
6 Transferencia RRGG I.V.A Durmientes 3:529.350
B.- INGRESOS DE CAPITAL 213:989.133
Transf. del Gobierno Central 11:764.500
Recursos Propios (venta act. fijo) 2:598.420
Transferencia M.T.O.P. 163:657.744
Endeudamiento Interno 15:345.000
Endeudamiento Externo 20:623.469
C.- SALDO INICIAL DE CAJA 13:540.734
Los ingresos corrientes generados por el Organismo y las partidas de
transferencias del Gobierno Central para gastos corrientes, por servicio
de deuda y para gastos de capital están expresadas a precios promedio
Enero - Abril de 1997 y estas últimas se ajustarán de acuerdo al mecanismo
establecido por el art. 70 de la Ley 15.809 del 8 de abril de 1986.
II.- PRESUPUESTO OPERATIVO 342:726.450
RUBRO DENOMINACION $ $
0 RETRIBUCION SERVS. PERSONALES. 176:535.968
010 Directorio. 1:412.136
011311 Sueldos básicos pers. ptado 43:371.525
011318 Aumento mayo 92 y similares 1:051.627
011319 Diferencia por reestructura 1:024.673
019311 Sueldo anual complem. civil 6:600.492
021321 Sueldos básicos contratados 43:665.027
021328 Aumento mayo 92 y similares 1:275.746
021329 Diferencia por reestructura 1:034.633
029321 Sueldo anual complem. civil 6:345.466
061311 Por trab. horas extras ptdos. 3:196.373
061321 Por trab. horas extras contr. 1:267.780
061312 Cambio Res. Hab. Ptados. 8:244.872
061322 Cambio Res. Hab. Contratados 8:232.147
061313 Prima eficiencia ptados. 1:367.176
061323 Prima eficiencia contratados 412.922
061314 Func. distin. al cargo ptados. 1:250.403
061324 Func. distin. al cargo ctados. 1:208.271
061315 Trab. nocturno presupuestados 340.008
061325 Trab. nocturno contratados 279.646
061329 Compens. congeladas contratados 0
062315 Incentivos presupuestados 0
062325 Incentivos contratados 0
062311 Gastos de representación 477.108
062316 Alimentación presupuestados 15:746.280
062326 Alimentación contratados 18:915.468
062318 Prima por antigüedad ptados. 5:206.347
062328 Prima por antigüedad ctados. 3:970.026
077 Quebranto de Caja 41.916
079 Otros 597.900
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 51:652.793
3 SERVICIOS NO PERSONALES 30:536.061
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y
MOBILIARIO NUEVOS 5:293.616
7 SUBSIDIOS Y
OTRAS TRANSFERENCIAS 78:308.482
751 Prima por matrimonio 13:049
752 Hogar constituido 4:288.399
753 Prima por Nacimiento 42.408
754 Prestación por hijos 2:448.372
772 Prest. por Accidentes Trabajo 4:128.000
774 Contrib. Asis. Médica 15:720.000
791 Tributos Nacionales 51:518.254
792 Tributos Municipales 150.000
9 ASIGNACIONES GLOBALES 399.530
III - OPERACIONES FINANCIERAS 23:430.306
RUBRO DENOMINACION $ $
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 23:430.306
81 Amortización Deuda Interna 3:754.001
82 Amortización Deuda Externa 12:389.594
83 Intereses Deuda Interna 479,020
84 Intereses Deuda Externa 6:807.691
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 227:399,520
RUBRO DENOMINACION $ $
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 19:412.400
3 SERVICIOS NO PERSONALES 1:637.400
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y
MOB. NUEVOS 91:420.520
6 CONST. MEJORAS Y REP. EXTRAORD. 114:929.200
La apertura por proyecto, fuentes de financiamiento y las partidas
en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de este decreto.
Las partidas correspondientes al Plan Forestal se ejecutarán en la medida
que no sobrepasen los topes establecidos en el art. Nº 628 de la Ley Nº
16.736 del 5 de enero de 1996 y cumplan con las condiciones previstas en
el Préstamo Nº 4204-UR del Banco Mundial.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 326/998 de
30/10/1998.