DEROGACION PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES. SECTOR DEL MERCADO DE DISTRIBUCION DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS




Promulgación: 13/07/2009
Publicación: 21/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 129
VISTO: el Decreto Nº 556/003 de 31 de diciembre de 2003.

RESULTANDO: que el decreto mencionado, determinó las políticas a ser
consideradas por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua
(URSEA), para la elaboración del proyecto de pliego único de bases y
condiciones para la celebración de los contratos habilitantes de las
actividades en el sector del mercado de distribución de combustibles
líquidos derivados del petróleo y de regulación del mercado conforme a
dichas políticas.

CONSIDERANDO: I) que los criterios fueron establecidos sin considerar
adecuadamente las diversas competencias vigentes;

II) que la aprobación de nuevas reglamentaciones en el sector, debe tener
en cuenta las competencias referidas y la política energética del país.

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el artículo 168, numeral 4º de
la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Derógase el Decreto Nº 556/003 de 31 de diciembre de 2003.

TABARE VAZQUEZ - DANIEL MARTINEZ - CARLOS COLACCE
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