APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BCU. EJERCICIO 2014




Promulgación: 08/10/2013
Publicación: 16/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1385

Artículo 23

 COMPENSACIÓN ESPECIAL. Los funcionarios egresados de los Cursos de
Formación de Altos Ejecutivos de la Administración Pública, de la Oficina
Nacional de Servicio Civil, percibirán mensualmente una compensación
especial del quince por ciento de sus remuneraciones personales de
carácter permanente, con un máximo equivalente a la Base de Prestaciones y
Contribuciones, establecida en el Art. 2° de la Ley 17.856.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 24, 37 y 39.
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