Visto: el decreto 250/967, de 20 de abril de 1967.
Resultando: dicho decreto limita la exportación de expellers, harinas
de extracción, pellets y tortas resultantes de la industrialización de
semillas oleaginosas.
Considerando: I) Han desaparecido los motivos que dieron lugar a tal
disposición;
II) Conveniente, por tanto, proceder a su derogación.
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Derógase el decreto 250/967, de 20 de abril de 1967.
AGUIRRE RAMIREZ - PEDRO SARAVIA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - EDUARDO
ACHE