El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 17
Las partidas asociadas a cualquier grupo del Programa 8 "Puertos Deportivos" no tendrán carácter limitativo para el ejercicio 2024, por lo que el Directorio del Organismo podrá adecuar sus montos mediante trasposiciones entre los distintos grupos y objetos, comunicando a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. En caso contrario, podrá recurrir a la adecuación de las partidas presupuestales de acuerdo a las erogaciones efectivamente realizadas, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. En ambos casos se comunicará al Tribunal de Cuentas.